Desconocido para muchos. Con ecos de algo ajeno y alejado de la sociedad, el tercer sector es algo que conocemos de sobra pero con otro nombre. Se trata de todas aquellas entidades sin ánimo de lucro, privadas y no gubernamentales, nacidas de la iniciativa ciudadana o, del interés por parte de las empresas que trabajan contra la pobreza y exclusión social. Este tipo de organizaciones, a las que conocemos como ONG, fundaciones o asociaciones, componen lo que se denomina el tercer sector y tiene como objetivos, diseñar políticas contra la pobreza y exclusión social, entre otros.
Por lo tanto, el tercer sector, hacer referencia a un conjunto de entidades que no pertenecen ni al sector público ni al privado lucrativo. Se encuentra entre ambos, ejerciendo como un pilar clave, dentro de la cohesión social, la defensa de los derechos y la atención a los colectivos vulnerables. En nuestro país, cuenta con una ley, la 43/2015 del tercer sector de Acción Social, que ampara su parte social, definiéndolo como “aquellas organizaciones del tercer sector de carácter privado, surgidas de la iniciativa ciudadana o social, con fines de interés general y ausencia de ánimo de lucro que impulsan el reconocimiento y ejercicio de los derechos civiles, así como de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas y grupos que sufren condiciones de vulnerabilidad o se encuentran en riesgo de exclusión social”.
De tal manera que las entidades que componen el tercer sector, se han creado por iniciativa de la ciudadanía y el sector privado, careciendo de ánimo de lucro. Responden al interés colectivo o social, en cualquiera de sus variantes. Tanto culturales, como deportivas, de antiguos alumnos, medioambientales, etc. Puede tratarse de asociaciones, fundaciones, ONG o similares.
Al mismo tiempo existen entidades del tercer sector económico, conocido como economía social. En este caso, se trata de empresas que venden productos o servicios sin fines lucrativos, buscan fomentar el empleo seguro y de calidad, así como beneficiar a la comunidad en la que actúan, o integrar a las personas que padecen algún tipo de discapacidad.
Lo que hace que una organización pertenezca al tercer sector
Las organizaciones que forman parte de este conglomerado, cuentan con una serie de características básicas, como las que vamos a ver a continuación. Además cuentan con otras ayudas, como nos comentan desde Praxia Lab Consultoría de Inteligencia Artificial para el tercer sector que, ofrece acompañamiento a las organizaciones que lo componen.
En cuanto a sus características, cuentan con personalidad jurídica propia. Están constituidas formalmente como asociaciones, fundaciones, entidades religiosas, cooperativas de iniciativa social o empresas de inserción.
Carecen de ánimo de lucro y su carácter, es altruista, por lo que reinvierten los beneficios que obtienen en la actividad social que realizan.
Su misión se orienta a la inclusión social de los colectivos vulnerables y desarrollan sus actividades, en conformidad a los principios de proximidad al territorio o entorno. Garantizando la participación democrática en su composición.
Actúan de modo transparente en todos los aspectos, tanto en el desarrollo de su labor social, como en el funcionamiento, gestión y cuentas.
Una de sus partes fundamentales a la hora de conseguir sus objetivos, es el voluntariado. Se trata de personas que ceden su tiempo, sus conocimientos y parte de sus recursos para ello.
Este tipo de organizaciones, desempeña un papel crucial en lo relativo al diseño y la ejecución, de las políticas contra la pobreza y la exclusión social. Sus ámbitos de intervención, no obstante, van más allá y entran en los aspectos sociales, educativos, sanitarios, humanitarios, medioambientales, protección animal, cooperación internacional, culturales, deportivos, etc.
Tal y como se destaca en la Plataforma del Tercer Sector en España, en la que se agrupan gran parte de este tipo de entidades, este sector se compone de cerca de veintiocho mil entidades, de diferente tamaño. Todas ellas, surgidas de la iniciativa ciudadana, autónomas en lo que a organización respecta y solidarias en su acción. Su trabajo diario persigue la mejorar de la calidad de vida de las personas que forman parte de ciertos colectivos.
El objetivo estratégico de este sector, es ser un actor imprescindible en el desarrollo de los derechos sociales, particularmente en los relativos a los colectivos más vulnerables en nuestra sociedad. La misión de las organizaciones y entidades que lo conforman, no es otra que la de expresar su claro compromiso, desde la sociedad civil organizada, contribuyendo a crear una sociedad más justa, inclusiva y cohesionada. Evitando por tanto, la exclusión de algunos colectivos y asegurando a todos un nivel adecuado de bienestar. Sin duda, se trata de uno de los pilares elementales del sistema de bienestar social junto al estado, los hogares y el mercado.
El tercer sector en España
La citada Plataforma del Tercer Sector, destaca que en los últimos años, se ha producido un proceso de crecimiento. Más de la mitad de las entidades que lo componen, un cincuenta y seis con cinco por cien, han sido creadas en los últimos veinte años. Lo que indica que se trata de un sector bien instalado en el siglo veintiuno.
Cada año se evalúa la situación en conformidad con el informe El Tercer Sector de Acción Social, que elabora el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, junto con las entidades del tercer sector, representadas en las citadas plataformas de ONG y Acción Social y la del Tercer Sector. El último informe del sector, dispone que la labor ejercida por este tipo de organizaciones, resulta económicamente relevante, además de ser indispensable para el desarrollo social. Al mismo tiempo, señala que las personas que lo integran, representan un tres por ciento del volumen total de asalariados de la EPA. Siendo uno de los datos más relevantes que en el tercer sector, colaboran más de un millón de voluntarios.
A nivel legal, la constitución y funcionamiento de las asociaciones y fundaciones que integran el tercer sector, se regula por leyes específicas: Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación; Ley 50/2002 de 26 de diciembre de Fundaciones.
Al conjunto del tercer sector se le aplica la citada ley 49/2002 de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y los incentivos fiscales de mecenazgo, así como la normativa relativa al voluntariado en la Ley 45/2015 de 14 de octubre de voluntariado.
Aparte de las leyes estatales, existen normas de ámbito autonómico, tanto en lo relativo a las fundaciones como al voluntariado. Algunas normas concretas, establecen como aplicar las entidades no lucrativas. Del mismo modo que sucede con cualquier otra entidad, con independencia de su forma jurídica, se les aplica la normativa laboral de prevención de riesgos laborales, así como cualquier otra materia que no se regule por normativas específicas.
La legislación sobre asociaciones y fundaciones, cuenta con una serie de controles que realizan los registros y se centran en el depósito de documentos como los estatutos, las cuentas anuales y las memorias de actividades, entre otros. La inscripción en el registro de actos, como pueden ser cambios estatuarios, en la composición del órgano de gobierno, domicilio y otros.
Para algunas operaciones, como el caso de la autocontratación o enajenación de determinados bienes, se requiere autorización del protectorado correspondiente.
Así mismo, están obligadas a realizar auditorías de cuentas, todas las entidades que superen dos de los tres límites establecidos, durante dos años seguidos: superar los cinco millones ochocientos mil euros de facturación; contar con un activo total de dos millones cuatrocientos mil euros; tener más de cincuenta trabajadores.
De manera adicional, están obligados a auditar cuando, durante un ejercicio reciban ayudas o subvenciones, con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas o fondos de la Unión Europea, por importe acumulado de seiscientos mil euros. O en el caso de que durante el ejercicio económico se hayan realizado obras de gestión de servicios públicos, suministros, consultoría y asistencia y servicios a las Administraciones Públicas por el importen citado.
En lo relativo a la normativa de transparencia, implica la publicación de la información relevante de una entidad, siempre que cumpla los requisitos. Las entidades de esta categoría, están obligadas a hacerlos cuando perciben durante un año, ayudas o subvenciones públicos por cantidades superiores a los cien mil euros o, cuando el cuarenta por cien del total, tenga carácter de ayuda o subvención pública.
Con objeto de saber si una entidad del tercer sector está legalmente constituida, debe contar con personalidad jurídica para operar, crearse mediante escritura de constitución, elaborar sus estatutos e inscribirse en el registro correspondiente. Una vez hecha la inscripción, debe solicitar su NIF en la Agencia Tributaria. En tanto no disponga de personalidad jurídica, no podrá ejercer ninguna función ni realizar actividades. Además de que, en función de la forma jurídica elegida, asociación o fundación, los trámites y requisitos para su constitución, difieren y están regulados por la normativa específica mencionada.
Tanto asociaciones como fundaciones, deben llevar la contabilidad al día, de forma ordenada y que permita proporcionar una imagen correcta del patrimonio. Todo esto, puede verificarse, ya que deben facilitar la información a todo aquel que la solicite.
Ahora ya sabemos algo más sobre el tercer sector. ONG, fundaciones, entidades y organizaciones sin ánimo de lucro, al servicio de la ciudadanía para crear un mundo mejor.